Estoy totalmente decidida a crear un blog para ayudar con la difusión de los animales en protectoras y perreras, con el fin de extender un poco más su difusión, en cuanto lo tenga creado compartiré la dirección por todos los medios que pueda para dar a conocer el blog y poder ayudar de algún modo a quién más lo merecen. No me extiendo más en esta aclaración porque creo que es suficiente, quien quiera colaborar que se ponga en contacto conmigo.
lunes, 31 de octubre de 2011
Inconsciente y pesadillas
He atado a la bestia irracional que hasta no hace mucho ha estado consumiéndome y tomando forma, no sabia muy bien donde habia ido esa parte de mi y aunque a veces la extraño, no querría que ese monstruo que se alimentaba de mis miedos y odios volviera a tomar forma, ya que no le he dejado nada de lo que alimentarse, o eso pensaba yo, sintiendome "curada" optimista, acumulando buen karma, evitando exaltaciones, rabietas, paranoias... si todo eso y mas, pero no todo es tan bonito ... Mis ojeras y mi almohada lo saben, no habia vuelto a tener problemas para dormir... pero anoche varios factores muy personales como para escribirlos volvieron a unirse y morfeo y mi insconciente se confabularon para desatar a mi bestia, rabiosa, fuerte y yo disfrutaba de esa pesadilla, viviendolo con mas fuerza que la vida real... ahh llena de vida ese monstruo que anoche se desato y la paliza que le propinamos a una susodicha, que va de tantas cosas y en el fondo es ... no sigo por ahi, mi karma no me lo permite y he vuelto atar al monstruo, por lo que dejare este desahogo mas animal y particular para un oido amigo que quiera escuchar, ya que quiero continuar por el camino que me estoy marcando porque me llena dia a dia, aunque aun añore cosas de tiempos pasados, pero he aprendido que lo importante es lo que queda y no podemos dejar de avanzar... y a veces habra que desatar la bestia pero con la diferencia de que ahora yo voy sobre ella...
(desde el movil, perdonar por las faltas)
miércoles, 26 de octubre de 2011
lunes, 17 de octubre de 2011
Solo tu colchón conoce el peso de tus sueños
Lo siguiente me ha llegado por correo, y creo que debo compartirlo con vosotros (si hay alguien ahí), por lo que hago un copia y pega, para intentar continuar con la cadena:
POR QUE LOS BANCOS, CUANDO SE QUEDAN CON TU VIVIENDA LA PUEDEN VENDER SIN PONERLA A SU NOMBRE Y ASI NO PAGAR EL 7% DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES ...? CUANTOS MILES DE MILLONES DE EUROS TENDRIAN QUE PAGAR A HACIENDA?. CALCULANDO QUE HAYA 1 MILLON DE VIVIENDAS QUE LOS BANCOS HAN ARREBATADO A LOS HIPOTECADOS FALLIDOS Y PONIENDO UN VALOR MEDIO A LA VIVIENDA DE 200.OOO EUROS,...SERIA:
1.000.000 X 200.000 = 200.000.000.000 MILL. X 7% = 14.000.000.000 MILLONES ...Y NADIE DICE NI MU... POR QUE ?
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martes, 11 de octubre de 2011
Cambio de nombre
… En breves este blog va a cambiar su título, que vale ya de lamentos … próximamente en sus pantallas…
Nada más que añadir.
Okupación – Aspectos legales que conviene conocer
Legalmente la okupación es considerada un delito de usurpación, el cual está recogido en los artículos 245, 246 y 247 del Código Penal:
1. Usurpación violenta de inmuebles (245.1)
“El que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena”
Las multas, entre 6 y 18 meses, serán fijadas en sentencia atendiendo a la utilidad obtenida o el daño causado. Aunque, este artículo no está relacionado directamente con la okupación, ya que se refiere a la entrada en inmuebles con violencia en personas, no únicamente en cosas, se debe tener en cuenta que estos casos exigen consumación, es decir, conseguir entrar en el inmueble y que, esta entrada y permanencia se mantenga un cierto tiempo, ya que sino llegamos a lograr este objetivo estaríamos ante un caso de tentativa.
2. Ocupación de un inmueble ajeno que no sea morada (245.2)
La pena es inferior al anterior, consiste en multa de 3 a 6 meses. En el caso de producirse violencia, como suele pasar, salvo que el inmueble este manifiestamente abandonado con puertas abiertas o ya forzadas anteriormente, o fuerza en las cosas, supone un delito de menor entidad. Este es el caso típico de la okupación. Un inmueble en el cual no existe morada en el momento de ser okupado, que requiere, al igual que el artículo anterior, consumación y permanencia. Si se tratase de morada el delito que se está cometiendo no es usurpación sino allanamiento de morada (Art. 202 del Código Penal).
La defensa, ante estos casos, puede basarse en el estado de necesidad, como eximente completa o incompleta o como atenuante. El estado de necesidad concurre en los casos en que se comete un delito para evitar un mal propio o ajeno que amenaza con producirse de forma inminente, porque no hay otro medio lícito o menos perjudicial para eludirlo, siempre que el mal causado no sea mayor que el se trata de evitar. (Art. 20.5º del Código Penal). También, es posible la tentativa.
3. Delitos derivados
Las okupaciones pueden generar otro tipo de delitos como es el caso de la defraudación de fluido eléctrico previa denuncia de la compañía eléctrica, lo que está recogido en los artículos 255 y 256 del Código Penal y requiere que se haya hecho con ánimo de lucro. Distinto es el caso de que los desalojos se produzcan mediando violencia ya que, a la pena de usurpación pueden añadirse la de desórdenes públicos, atentado, etc.
En los art. 246 y 247, dentro del delito de usurpación, se trata la alteración de termino o lindes, así como la desviación del curso de las aguas de uso público o privado, respectivamente.
Delirar
(Del lat. delirāre),
"Salirse del camino" - "Estar fuera de la realidad"
- intr. Desvariar, tener perturbada la razón por una enfermedad o una fuerte pasión:
las drogas le hacían delirar. - Hacer, pensar o decir cosas disparatadas o insensatas:
¿tú deliras o qué?